• Municipalidad de Cartago lanza app para promocionar comercios y sitios turísticos - Municipalidad de Cartago continua trabajando en la vía entre La Guaria y Río Conejo
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Preguntas Frecuentes

Son una recopilación de preguntas comunes y sus respuestas correspondientes en un sitio web o documento. Estas preguntas se seleccionan y se organizan de manera que aborden las dudas más frecuentes de los usuarios o clientes. Las secciones de preguntas frecuentes proporcionan respuestas directas y claras a consultas comunes, evitando la necesidad de contactar directamente al soporte o servicio al cliente. Las preguntas frecuentes son una herramienta útil para mejorar la experiencia del usuario, proporcionar información rápida y accesible, y resolver dudas de manera eficiente.

ARCHIVO CENTRAL

No, ya que la institución tiene información relacionada a las competencias municipales como permisos de construcción, cobro de impuesto, otorgamientos de patentes, etc.

No, por Ley de Archivo, toda la información declarada con valor histórico debe de ser remitida al Archivo Nacional y es ahí donde debe el usuario dirigir su consulta (tel. 2283-1400).

BIENES INMUEBLES

De acuerdo con la Ley No. 7509, en su artículo No. 16, se estipula que los propietarios de bienes inmuebles están en la obligación tributaria de declarar el valor de sus inmuebles a la municipalidad. El valor declarado en caso de ser aceptado por la municipalidad será tomado como base para el cálculo del impuesto sobre bienes inmuebles.

La declaración de bienes inmuebles es la determinación y actualización del valor de la propiedad, mediante la cual se consideran las características del terreno y de la(s) construcción(es) que comprendan el inmueble. En dicho formulario se contiene como mínimo tal como lo establece el artículo No. 26 del Reglamento a la Ley del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, la siguiente información:

  • Identificación del propietario (calidades, número de cédula jurídica o de identidad, domicilio fiscal, número de teléfono, fax, apartado postal, lugar para notificaciones).
  • Descripción del inmueble (número de finca, naturaleza, medida en metros cuadrados, ubicación exacta, plano catastrado).
  • Descripción de las construcciones existentes.
  • Valor del terreno y la construcción.

Debe de presentar su declaración al menos una vez cada 5 años mediante el formulario de Declaración del Impuesto sobre Bienes Inmuebles dispuesto por la municipalidad para tales efectos.

Deben de declarar todas aquellas personas físicas o jurídicas, dueña de propiedades inscritas o no ante el Registro Nacional, conforme lo indica el artículo No. 6 de la Ley No. 7509.

Debe presentarse a la Oficina de Valoraciones de la municipalidad a fin de retirar el formulario respectivo. Si requiere ayuda sobre cómo llenar el formulario y sus requisitos, puede realizar sus consultar a los funcionarios de esta oficina.

En caso de que omita su obligación de presentar la declaración, la municipalidad estará facultada para efectuar de oficio la valoración del (os) bien(es) inmueble(s) sin declarar según lo estipula el artículo No. 17 de la Ley No.7509.

El impuesto se calcula sobre el valor total del inmueble (terreno más construcción) al cual se le debe de aplicar una tarifa de 0.0025, dando como resultado el monto del impuesto sobre bienes inmuebles, y que corresponde a cancelar la suma de ¢2.500,00 por cada millón del valor del inmueble.

En caso de que el valor declarado no sea aceptado por la municipalidad, se procederá mediante los procesos de fiscalización a la determinación del valor de su inmueble mediante un avalúo de la propiedad, tomando como parámetros las respectivas herramientas de valoración como la Plataforma de Valores de Terreno, la Tipología Constructivas.

El impuesto se determina en forma anual, teniendo la facilidad de cancelarlo en su totalidad en forma adelantada, o por cuotas trimestrales, bajo el entendido que cada trimestre vencido genera los recargos por intereses correspondientes. Usualmente, el municipio otorga un descuento por pronto pago en el pago de este impuesto, si la deuda anual se cancela en el primer trimestre del año al cobro.

Si no cancelo a tiempo el impuesto sobre bienes inmuebles, se expone a que su deuda se traslade a cobro judicial, lo cual le acarrearía otros cargos por costas y honorarios de abogados, así como que se imponga gravamen por hipoteca legal preferente sobre su propiedad y un eventual remate de la propiedad.

MUNI EN CASA

Es el portal en línea que la municipalidad brinda a sus contribuyentes para realizar sus realizar trámites y pagos de los tributos en línea desde la comodidad de su casa u oficina con cuentas de cualquier entidad financiera del país.

Podrá solicitar trámites de forma no presenciales, tales como: consulta y certificación de uso del suelo, presentación de declaraciones del impuesto de patentes, extracción de materiales y espectáculos públicos.

Podrá realizar los pagos de los tributos y precios por agua, servicios municipales, impuesto de patentes, impuesto sobre bienes inmuebles, alquiler de mercado, Impuesto de construcción.

KIOKOS DE AUTOSERVICIO

Es una plataforma tecnológica de autoservicio donde los contribuyentes pueden cancelar sus tributos municipales por medio de su tarjeta de crédito o débito. Puede también gestionar y obtener sus constancias municipales, todo lo anterior con solo colocar la cédula de identidad en el lector del quiosco municipal.

Podrá realizar los pagos de los tributos y precios por agua, servicios municipales, impuesto de patentes, Impuesto sobre bienes inmuebles, Infracciones por estacionómetros, alquiler de mercado, impuesto de construcción. Estos trámites o pagos los podrá realizar utilizando adicionalmente su equipo móvil.

Deberá de presentarse al Departamento de Cobro a fin de que se proceda a exponer su situación y esta dependencia proceda a efectuar el análisis pertinente y en caso de proceder, determine la posibilidad de formalizar el arreglo de pago y establezca el plazo y las cuotas que le corresponde cancelar. En caso de no honrar el arreglo de pago, se da por agotada la vía administrativa y se traslada la deuda a cobro judicial.

Para cancelar sus adeudos la Municipalidad de Cartago ha puesto a su servicio diferentes medios para su comodidad. Podrá realizarlo a través de:

  • Los kioskos de autoservicio
  • Sitio electrónico Muni en Casa
  • A través de la página de las entidades financieras en las cuales mantenga sus cuentas bancarias
  • Presentándose al municipio

PATENTES

Lo primero que debemos de hacer antes de iniciar el proceso de solicitud de patentes es tramitar el respectivo uso de suelo para verificar si la actividad que requiere la puede realizar en el respectivo lugar. Luego debe de presentar la solicitud de trámite de Licencia de Funcionamiento Municipal mediante el formulario respectivo ante la Plataforma de Servicios, así como de los requisitos establecidos para tales efectos, los cuales varían conforme al tipo de actividad económica a desarrollar por lo que deberá de solicitar previamente información al respecto.

La declaración jurada del impuesto de patentes es el reporte de los ingresos brutos, los costos, gastos y deducciones y la renta líquida gravable que presenta el patentado por medio del formulario establecido para tales efectos sobre la actividad comercial que ha realizado en el cantón central de Cartago durante el período fiscal de cierre, esto con el objetivo de poder incluir el cobro de acuerdo al artículo N.º 5 de la ley 7248. Ley de patentes del cantón central de Cartago.

La deben presentar todas aquellas personas físicas o jurídicas que mantienen la licencia comercial respectiva con el municipio y que se dediquen al ejercicio de cualquier actividad económica en nuestro cantón.

Debe presentarse al Departamento de Patentes con el formulario suministrado por la municipalidad debidamente lleno. Presentar copia de la declaración del impuesto sobre la renta, presentar documento de identificación y estar al día en el pago del impuesto. Asimismo, podrá realizar este trámite en línea (no presencial) desde este Portal ingresando al sitio  “Muni en Casa” www.mimuniencasa.com

Debe de presentarse cada año, a más tardar el 10 de enero de cada año. Asimismo, las personas físicas o jurídicas cuyo ejercicio económico difiera del comprendido entre el 1º de octubre y el 30 de setiembre del año siguiente, deberán presentar sus declaraciones dentro del plazo de tres meses, contados a partir de la fecha de cierre de tal ejercicio económico.

La renta líquida gravable y las ventas o los ingresos brutos serán la base para la determinación del monto del impuesto de patentes que le corresponde pagar. Se aplicará el dos por mil (2/1000) sobre las ventas o los ingresos brutos, más un ocho por mil (8/1000) sobre la renta líquida gravable. Dicha suma dividida entre cuatro determinará el impuesto trimestral por pagar. En los casos en que los declarantes no obtengan renta líquida gravable, aunque sean declarantes del impuesto sobre la renta o cuando no puedan calcular dicha renta líquida por no ser declarantes de ese impuesto, se aplicará el cuatro por mil (4/1000) sobre las ventas o ingresos brutos. (Artículo N°5 Ley No. 7248)

Si no cumple con la obligación legal de presentar la declaración, antes de la fecha límite o sea el 10 de enero de cada año, la Municipalidad estará facultada para sancionar con una multa equivalente al veinte por ciento (20%) del impuesto pagado el período anterior.

En este caso deberá de tramitar la respectiva eliminación de la licencia comercial (patente comercial), la cual se realiza solicitando el respectivo formulario en la Plataforma de Servicios de la municipalidad, y después de llenarlo con la información correspondiente lo presenta ante la misma Plataforma, presentando para ello los requisitos establecidos, tales como presentar documento de identidad, aportar el cartón original de la patente, estar al día en el pago de sus obligaciones.

Deberá de realizar el respectivo trámite de traslado de la licencia, solicitando el formulario en la Plataforma de Servicio y dar cumplimiento a los requisitos establecidos para tales efectos, solicitando y gestionando previo a ello, el respectivo uso del suelo de la nueva propiedad donde se va a trasladar.

El impuesto se determina en forma anual, teniendo la facilidad de cancelarlo en su totalidad en forma adelantada, o por cuotas trimestrales, bajo el entendido que cada trimestre vencido genera los recargos por intereses respectivos. Usualmente el municipio otorga un descuento por pronto pago de este impuesto si la deuda anual se cancela en el primer trimestre del año al cobro.

Se expone no solo al cobro de intereses por el atraso en el pago del impuesto, sino también aún más grave, se expone a la suspensión de la licencia por falta de pago de dos o más trimestres, así como al cierre de su negocio y el cobro de la deuda vía judicial.

La comercialización de licores está regulada por la Ley No. 9047 “Ley de regulación y comercialización de bebidas con contenido alcohólico” de fecha noviembre del 2012, así como se regula por el Reglamento sobre Regulación y Comercialización de Bebidas con Contenido Alcohólico en el Cantón de Cartago.

La licencia de licores puede solicitarse para las siguientes actividades:

  • Cantinas, bares y tabernas sin actividad bailable
  • Salones de baile, discotecas, clubes nocturno y cabarés con actividad bailable
  • Restaurante
  • Licorera
  • Minisúper
  • Supermercado
  • Empresas de hospedaje declaradas de interés turístico

Lo primero que se debe de realizar es solicitar una inspección ocular, solicitando para ese efecto el respectivo formulario en la Plataforma de Servicio, llenarlo y presentarlo. Esto con el objetivo de determinar si el lugar donde quiere instalar el negocio cumple con las distancias respectivas de acuerdo a lo estipulado en la ley 9047 “Ley de Regulación y Comercialización de Bebidas con contenido Alcohólico” y a su Reglamento. Es importante indicar que posterior a la aprobación de la inspección ocular deberá de proceder a tramitar tanto el uso del suelo como la licencia comercial para dicha actividad.

Las licencias de licor tienen una vigencia de 5 años y deberán de renovar el bienio cada quinquenio.

Los horarios de cierre de los negocios corresponde a la actividad desarrollada; a saber:

  • Cantinas, bares y tabernas sin actividad bailable: de 11:00 am a 2:30 am.
  • Salones de baile, discotecas, clubes nocturnos y cabarés con actividad bailable: de 4:00 pm a 2:30
  • Restaurante: de 11:00 am a 2:30 am.
  • Licorera: de 11:00 am a 12:00 m.n.
  • Minisúper: de 08:00 am a 12:00 m.n.
  • Supermercado: de 08:00 am a 12:00 m.n.
  • Empresas de hospedaje declaradas de interés turístico: Sin limitación de horario.

PERMISO DE CONSTRUCCIÓN

Debe de presentarse en la Plataforma de Servicios a fin de que lo asesoren y suministren el formulario respectivo. Dar cumplimiento a los requisitos en función del tipo de proyecto o construcción a desarrollar y conforme a la legislación aplicable, los cuales son expuestos en el mismo formulario para su guía.

Debe solicitar al profesional responsable de su proyecto que tramite la licencia de construcción por APC, la cual es el sistema de tramitación digital que facilita el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos. A diferencia del trámite físico; el trámite digital únicamente lo puede presentar el profesional del proyecto.

El profesional debe completar el formulario digital y aportar los siguientes requisitos documentales legibles y completos en el enlace del APC destinado para subir esos requisitos.

Certificado de uso de suelo conforme y actualizado según el Plan Regulador de Cartago publicado en la gaceta #208 del 20 de diciembre del 2012. (Art #28 de la Ley de Planificación Urbana).

  • Copia del plano(s) de catastro(s) que contenga(n) el alineamiento vial según corresponda:
    • Alineamiento municipal si el proyecto es frente a una ruta cantonal.
    • Alineamiento del MOPT si el proyecto es frente a una ruta nacional (aportar el plano marcado y el oficio original emitido por el MOPT).
      Si la propiedad colinda con algún río, naciente, acequia o quebrada, alineamiento emitido por el INVU.
    • Si la propiedad soporta alguna línea de trasmisión eléctrica, alineamiento emitido por el ICE o JASEC según corresponda.
  • Certificación literal de la propiedad, si son varios dueños una certificación para cada condueño. (No más de un mes de emitida).
  • Si el propietario del inmueble es persona jurídica, debe aportar certificación de personería jurídica emitida por el Registro Público. (No más de un mes de emitida).
  • Copia de cédula de identidad del propietario(s), o del representante legal si el dueño es persona jurídica.
  • Si el solicitante es una tercera persona debe aportar autorización del propietario a favor de esa tercera persona. (un mes máximo).
  • Constancia de obligaciones al día, con la CCSS  y con FODESAF a nombre del propietario(s) y solicitante.  (Se permiten AMBAS consultas a la página Web de la CCSS).
  • Viabilidad ambiental emitida por SETENA cuando aplique (PROYECTOS DE MAS DE 300 m2).
  • Estar al día con el pago de impuestos municipales al día a nombre del propietario y solicitante. (SOLO VERIFICAR ANTES DE SUBIR EL PROYECTO A REVISIÓN MUNICIPAL)
  • Estar al día con la declaración de bienes inmuebles al día. (SOLO VERIFICAR ANTES DE SUBIR EL PROYECTO A REVISIÓN MUNICIPAL).

El impuesto de construcción se determina aplicando un porcentaje de un 1%  sobre el valor total de obra.

Junto con el pago del impuesto de construcción se debe de cancelar los servicios municipales por su instalación por única vez.

El impuesto de construcción es un requisito básico que le autoriza realizar los trabajos en la propiedad, si el impuesto no es cancelado previo al inicio de la obra, la municipalidad previa fiscalización, tiene la autoridad de clausurar y detener la construcción hasta que la deuda sea cancelada. De igual forma de las demás deudas por tributos o servicios municipales, si las deudas no son canceladas en vía administrativa, se trasladan a cobro judicial.

PROVEEDURÍA

Dicha inscripción se realiza únicamente en las oficinas de RACSA según la incorporación de oferentes a la plataforma SICOP, esta incorporación abarca no solo el ofertar para el municipio sino a nivel nacional.

Si, la Ley General de Compras Públicas establece la obligatoriedad de que todos los procesos de compras deban ser gestionados por dicha plataforma y su acceso es de carácter público.

SERVICIOS

En caso de duda en el cobro debe de dirigirse a la plataforma del Departamento Comercial y presentar sus consultas. Si las dudas persisten debe dirigirse a la Plataforma de Servicios y presentar su trámite mediante el formulario que le será suministrado para tales efectos a fin de que la dependencia correspondiente, sea el Departamento Comercial gestione su solicitud.

Debe de presentar su solicitud de trámite mediante el formulario que le será suministrado en la Plataforma de Servicios y aportar los requisitos correspondientes.

Los servicios municipales se deben de cancelar durante los primeros diez días hábiles del mes, los cuales se cobran en un mismo recibo. Pasado este período se le cobrarán los intereses respectivos, los cuales son calculados de forma diaria hasta la cancelación efectiva de la deuda.

Si no se cancelan los servicios municipales en el período establecido por la municipalidad generará intereses por atraso en el pago. Si pasados dos meses no ha efectuado su pago, se expone a que le suspendan el servicio, para lo cual después deberá de cancelar, no solo los intereses sino también recargos por reconexiones, honorarios de abogados, dependiendo de la vía de cobro en que se encuentre su adeudo.

Presentar solicitud ante la Plataforma de Servicios dirigida a la Dirección de Acueductos, solicitando la instalación de una paja de agua nueva. Cuando se refiera a una independización de pajas, debe de solicitarla igualmente mediante documento indicando la razón de la independización, suministrar el número de cuenta actual y su localización.

Solicitar ante la Plataforma de Servicios una inspección e informe sobre el cobro que se aplica. En este caso, la Dependencia respectiva hará una inspección confrontando el registro catastral que se tiene sobre el cobro de ese inmueble a fin de determinar posibles modificaciones en dicho cobro.

Debe de presentar su solicitud de trámite de inspección mediante el formulario que le será suministrado para tales efectos en la Plataforma de Servicios y aportar los requisitos correspondientes.

Al solicitar una inspección por alto monto o consumo en servicio de agua, se le asocia el costo por la inspección, cuyo monto le será cargado en el recibo por servicios municipales.

Al determinarse que posiblemente existe una fuga interna en su propiedad, la cual está afectando el consumo y facturación del servicio del agua, deberá de solicitar la inspección correspondiente de forma tal que la municipalidad lleve el seguimiento y control sobre el reporte de la misma.

Cuando la municipalidad le notifique su comprobación de que existe una fuga interna en su propiedad, le concederá un plazo de 30 días para efectuar la reparación y hacer los ajustes correspondientes a la facturación, según lo estipula el reglamento. Usted, en caso de que no pueda concretar la reparación dentro de ese plazo, podrá solicitar, mediante el formulario establecido para tales efectos, una prórroga de plazo para que continúe con su reparación, la cual será resuelta y notificada por la municipalidad.

TESORERIA

Se pueden realizar en las plataformas de pagos del Banco Nacional, Banco de Costa Rica, Kioscos Municipales, Sitio Muni en Casa, App Municipal y en las cajas de Recaudación de la Tesorería Municipal

Todos los servicios salen al cobro el primer día de mes y se tienen 10 días hábiles para cancelar, posterior a los 10 días al cobro se le agregarán los intereses moratorios correspondientes.

               En el caso de los Impuestos sobre bienes inmuebles, el cobro sale a partir del primero de enero de cada año, se puede realizar el pago anual o trimestral.

               En el caso de las patentes, el cobro sale en el mes de mayo de cada año, se puede realizar el pago anual o trimestral.

USO DE SUELO

Un uso del suelo o también conocido como uso de la tierra, es la utilización de un terreno, de la estructura física asentada o incorporada en él, o ambas cosas, en cuanto a clase, forma o intensidad de su aprovechamiento. (Art. No. 1,  Ley No. 4240). Ello se traduce en que es un documento que emite la autoridad competente, donde se le informa qué uso se le podría dar a un inmueble considerando características específicas según su ubicación geográfica, y de conformidad, con lo establecido en el Plan Regulador Territorial del Cantón de Cartago, así como la normativa que rige la materia.

En términos generales, el certificado de uso de suelo es un requisito necesario para la operación de establecimientos de comercio, la expedición de licencias de construcción, entre otros, y también son utilizados por particulares para conocer qué uso puede dársele a determinado inmueble, de acuerdo con la normativa vigente al momento de su expedición.

Debe de solicitar en la Plataforma de Servicio el formulario para tales efectos, dando cumplimiento con su llenado y adjuntando a éste una copia del plano catastrado de la propiedad en estudio.

También puede realizar este trámite en línea desde la comodidad de su casa u oficina, sin desplazarse a las oficinas de la municipalidad través del sitio electrónico Muni en Casa:  www.mimuniencasa.com

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